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Reglamento AIESE

Cuerpo

Asociación de Integradores y Especialistas en Seguridad Electrónica A.C.

Fundamento.-

El proyecto de crear la Asociación se concibió como un esfuerzo conjunto entre diferentes profesionales de la Seguridad Electrónica, basándonos en el hecho de que a pesar de ser competidores, tenemos objetivos en común, problemas similares, que mediante la colaboración y asesoría mutua, podemos lograr mayores y mejores  objetivos, para resolver los problemas de forma efectiva y con menor coste que actuando solos.

La AIESE no debe perseguir un fin de lucro en sí misma, sino que el beneficio comercial debe surgir de la mejora en la calidad de nuestros servicios, la capacitación de nuestro personal y las oportunidades de cooperación e intercambio comercial entre las empresas e integradores afiliados.

Entre los mayores desafíos que enfrenta la Seguridad Electrónica está el desprestigio y degradación de la actividad comercial de quienes nos dedicamos a este sector, provocados por no tener estándares definidos de calidad en instalaciones ni un organismo que regule la conducta y profesionalidad de las empresas o individuos dedicados a la Seguridad Electrónica.

Ante esta situación, la AIESE deberá de asumir la tarea de crear las políticas de instalaciones de calidad, definir procedimientos y buenas prácticas de instalación basando estos estándares en las normas internacionales, en los manuales técnicos de los equipos desde el origen del fabricante y en la experiencia de sus afiliados.

Igualmente deberá de promover prácticas de sana competencia entre los afiliados, creando tabuladores sugeridos de precios justos por los productos o servicios que los afiliados ofrecen a los clientes. 
Capacitación técnica y administrativa para lograr mayor eficiencia en los servicios y productos que sus afiliados comercializan.

Misión

Mejorar las condiciones comerciales y de capacitación de los profesionales dedicados a la Seguridad Electrónica, por medio de la Cooperación, Capacitación y Profesionalización de las actividades  entre sus afiliados.

Visión

Ser el referente de calidad y capacitación para los profesionales de la Seguridad Electrónica.

Valores Integridad, Honestidad, Ética Profesional, Solidaridad y Responsabilidad Social

 

Perfil de los Afiliados

La AIESE está dirigida hacia los profesionales y empresas dedicadas a Seguridad Electrónica -en cualquiera de sus ramas- que deseen participar en aportar sus conocimientos, habilidades, recursos y experiencia en beneficio de la industria de Seguridad Electrónica.
Buscamos integrar a los mejores profesionales en el ramo, entendiendo que los mejores son aquellos conscientes de que es necesaria la colaboración, el respeto y la sana competencia entre los que nos dedicamos a la Seguridad Electrónica sin importar el tamaño de su empresa, su nivel académico o su antigüedad en el ramo.

Requisitos para Afiliación

Siendo AIESE una Asociación de Profesionales, se establece que sus afiliados cumplan una serie de requisitos básicos:

  • Dedicarse de forma profesional a Seguridad Electrónica en cualquiera de sus ramas
  • Estar dados de alta ante la Secretaría de Hacienda con actividad comercial relacionada a Seguridad Electrónica, o en las entidades federativas donde el catálogo de actividades no contemple la seguridad electrónica, cualquier actividad relacionada.
  • En los casos de empleados de empresas afiliadas a AIESE, podrán afiliarse presentando una carta de recomendación personal firmada por el miembro ya afiliado.

 Proceso de Afiliación

Todo profesional que desee afiliarse a la Asociación deberá seguir el siguiente proceso:

-Solicitar y rellenar el formulario de solicitud de afiliación con los datos comerciales de su empresa o actividad profesional, este formulario puede solicitarse por Email a la dirección:  [email protected] o bien puede solicitarlo vía whatsapp a cualquiera de los miembros del Consejo de Administración. Una vez completado el formulario deberá enviarlo a la dirección de correo [email protected]

El Consejo de Administración revisará los datos de afiliación proporcionados y si todo está correcto, contactará con el solicitante para agendar una entrevista personal entre el solicitante y algún integrante del Consejo de Administración vía Zoom. Esta entrevista tiene un carácter meramente estadístico ya que es importante conocer de forma personal los intereses y opiniones de cada solicitante.

Una vez completado el proceso de afiliación, la Asociación asignará un ID de Afiliado y expedirá una Constancia de Afiliación Personal a nombre del solicitante la cual le hará llegar por correo electrónico.

Los afiliados tienen igualmente el derecho de solicitar un Certificado de Empresa Afiliada con los datos y el logo de su empresa siempre que cubran los siguientes requisitos:

-Si la empresa es una persona moral, solo el representante legal de la misma podrá solicitar el certificado y deberá enviar la hoja del acta constitutiva de su empresa donde aparezca como representante legal.

-Si es una Persona Física con Actividad Empresarial y usa un nombre comercial podrá solicitar el certificado a nombre de su empresa.
Toda la información personal y comercial proporcionada por los miembros y que no esté publicada en medios electrónicos por su propietario, se considera como confidencial de acuerdo a las leyes de protección de datos personales vigentes en México y será responsabilidad absoluta de la AIESE  el resguardo y confidencialidad de estos datos.

Responsabilidades de los Afiliados

 

El formar parte de AIESE implica asumir compromisos y responsabilidades tanto en nuestra actividad comercial como en nuestros valores empresariales; algunos de estos compromisos son:

Normas Generales

Ser honestos en nuestra actividad comercial y en la relación con los clientes Evitar la publicidad engañosa o poco clara
Mantener un alto nivel de calidad en los servicios que ofrecemos, tanto en las instalaciones, los materiales que se emplean en ellas y los equipos que comercializamos
Adquirir los equipos siempre con distribuidores autorizados y avalados por la AIESE, evitando el llamado “mercado negro” de equipos     sin garantía y/o soporte técnico
Mantener una actitud de colaboración para con los demás afiliados, brindar asesoría a los miembros con menor experiencia

Aportar ideas y proyectos que sean de beneficio a la comunidad de la Seguridad Electrónica

Presentar a el Consejo de Administración cualquier publicidad o promocional en el que deseen incluir el logo de AIESE para su aprobación

 

Relaciones con otros Afiliados

 

En las relaciones comerciales con los demás afiliados a la AIESE, tanto personales como en los medios de comunicación  electrónicos o de Redes Sociales; Grupos de Facebook, Whatsapp, twitter etc,  se deberán seguir las siguientes normas de conducta:

Dirigirse de forma respetuosa y cordial hacia todos a todos los miembros de la AIESE,  así mismo expresarse con respeto hacia los proveedores de productos y servicios con los que se tiene relación comercial.
Pueden existir diferencias de opinión en los diferentes temas de discusión, pero siempre se deberá evitar el conflicto o imponer una opinión personal sin argumentos razonables.
En las redes sociales de AIESE se prohíbe publicar publicidad comercial sin contar con la autorización expresa del Consejo de Administración quien deberá asegurarse de que esta publicidad no afecte comercialmente de forma negativa a ninguno de los afiliados.
La Asociación está dirigida hacia temas profesionales y como entidad moral no puede tener injerencia política ni religiosa de ningún tipo, por lo que NO se permite publicar propaganda política, ni comentarios de apoyo a un partido político o candidato de tal partido aún en los casos en que tal o cual candidato estén afiliados  a la AIESE. Igualmente NO se permiten publicaciones ni imágenes sobre temas de religión por respeto a las diversas creencias de Fe de sus afiliados.

  

Derechos de los Afiliados

  • Todos los Afiliados a la AIESE tienen los mismos derechos, independientemente de su antigüedad    de afiliación.
  • Tendrán derecho a ser informados sobre los programas y proyectos de la Asociación y a participar en su  elaboración
  • Tienen derecho a participar en cualquiera de las discusiones en los foros y redes sociales oficiales.
  • Tienen derecho a establecer relaciones comerciales entre sí
  • Tienen derecho a solicitar apoyo de otros afiliados en instalaciones donde requieran personal
  • Tienen derecho a solicitar cursos o capacitaciones para sus empleados con el aval de la AIESE siempre que estos cursos o certificaciones estén disponibles
  • Cualquier asociado  tiene derecho a cuestionar las decisiones del Consejo de Administración con argumentos válidos y a hacer públicas sus opiniones siempre que estas no constituyan ofensas o insultos.
  • Tiene el derecho a solicitar una copia de las actas de reunión del Consejo de Administración donde se  hayan tomado las decisiones en las que no estuviese de acuerdo.
  • Tienen derecho a recibir información sobre ofertas comerciales u oportunidades de negocio que la asociación obtenga en su zona de acuerdo a sus especialidades y habilidades, sin favoritismos ni distinciones
  • Tienen derecho a participar con artículos y opiniones en los diferentes medios de difusión de AIESE
  • Tienen derecho a usar el logo de la Asociación siguiendo las instrucciones sobre uso del logo y nombre de la Asociación  que se detallan más adelante.
  • Cualquier miembro tiene derecho a participar en la administración y gobierno de la AIESE siguiendo los requisitos y normas que se enumeran más adelante.

 

 Sanciones y causas de expulsión de la Asociación

La AIESE amonestará formalmente a los afiliados que incurran en cualquiera de las siguientes faltas:

Publicar en cualquier medio digital o impreso publicidad engañosa o que contenga precios que impliquen competencia desleal  para los demás afiliados

Publicar comentarios ofensivos o agresiones a otro afiliado en los foros de discusión.

Publicar en las redes sociales de AIESE publicidad comercial, política o religiosa

 Son Causas de Expulsión de la Asociación:

Proporcionar el logotipo de la Asociación a una persona o empresa no afiliada para su uso Usar el nombre o logotipo de la Asociación en publicidad engañosa o fraudulenta
Agredir de forma reiterada a cualquier otro afiliado en los foros de discusión Acumular más de 4 amonestaciones por parte del Consejo de Administración

  

Uso del Logotipo, Emblema y nombre de la Asociación

El logotipo, emblema y nombre de AIESE  denominadas como insignias son marcas registradas debidamente ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial –IMPI-

Los Afiliados de AIESE tiene derecho a usarlo bajo las siguientes normas generales

Pueden usar cualquiera de las insignias de AIESE en bordados de camisas, chalecos, overoles, chamarras, etc, siempre que lleven la leyenda de EMPRESA AFILIADA, La Asociación proporcionará a los afiliados que lo soliciten los archivos de ponchado para bordadora.

Igualmente se permite el uso de las insignias en las redes sociales de los afiliados, siempre que lleven la leyenda de EMPRESA AFILIADA

El uso de las insignias de AIESE en medios impresos  como tarjetas de presentación, folletos comerciales y hojas membretadas deberá igualmente portar la leyenda de EMPRESA AFILIADA

AIESE proporcionará a los afiliados que lo soliciten los archivos digitales de imagen o vectores para su uso autorizado.

Se prohíbe el uso de las insignias de AIESE en cualquier publicación impresa o electrónica que contenga precios a público

 Consejo de Administración de la Asociación

El Consejo de Administración es el órgano de administración y gobierno de la AIESE, la cual está conformada por un número  variable de Afiliados que en ningún caso serán menos de 10, esto para garantizar una representación de las diferentes opiniones de los afiliados en la toma de decisiones que afecten a la AIESE.
El Consejo de Administración deberá siempre asumir una actitud de SERVICIO hacia los afiliados de la AIESE

De acuerdo a lo dispuesto en el Código Civil vigente y en la Ley y Reglamento de Asociaciones de la Sociedad Civil habrá una presidencia de el Consejo de Administración integrada por CUATRO puestos principales que son: PRESIDENTE, SECRETARIO, TESORERO Y VOCAL quienes deberán ser elegidos por voto unánime del Consejo de Administración cada 3 años. Esta presidencia tendrá las obligaciones establecidas en la Ley y que serán adicionales a las funciones internas que la AIESE establezca y tendrán el mismo rango administrativo y derechos que cualquiera de los miembros del Consejo de Administración.

Adicionalmente a estos cuatro puestos legales, el Consejo de Administración se integrará con más miembros con los mismos derechos y responsabilidades generales que la presidencia, sin un número máximo de integrantes
Cada integrante del Consejo de Administración tendrá una función y responsabilidades específicas dentro de ella, integrándose a la coordinación de diferentes áreas, siendo las más relevantes:
-Coordinación de Membresías
-Coordinación de Representantes Estatales
-Coordinación de Capacitación
-Coordinación de Relaciones con Mayoristas
-Coordinación de Medios de Difusión y redes sociales
-Coordinación de Relaciones con Gobierno
-Coordinación de Labor Social

Cada coordinación puede ser atendida por dos o más miembros del Consejo de Administración sin embargo deberá haber un responsable principal de cada área quién será el encargado de informar de los avances y problemas específicos de su área en las reuniones de Mesa Directiva.
Cada integrante del Consejo de Administración prestará servicio por el término de 1 año al final del cual podrá presentarse para volver a servir por otro periodo de 1 año siempre que cuente con el voto a favor de los demás integrantes de la Mesa y que no haya incurrido en alguna de las infracciones detalladas más adelante.

Reuniones del Consejo de Administración

El Consejo de Administración tendrá juntas de trabajo  periódicas, estas reuniones deberán seguir el formato de un informe de avances de cada área, planteamiento de proyectos y  oportunidades de servicio y solución de problemas surgidos durante la semana.

  • Todo planteamiento en el Consejo de Administración deberá ser puesto a votación por los integrantes de la mesa presentes, por lo que si algún miembro de la mesa no estuviera presente por cualquier motivo en una votación no podrá votar posteriormente y deberá aceptar la decisión de la votación.
  • Antes de proceder a una votación se dará oportunidad a los asistentes a presentar argumentos a favor o en contra del tema a votación.
  • Para el proceso de votación se seguirá siempre el principio de mayoría simple a favor o en contra, esto es que la decisión se tomará tomando el voto de la mitad más 1 de los miembros presentes en la votación.
  • En las situaciones de igualdad de votos a favor y en contra de una decisión el voto bisagra recaerá en el presidente de la Asociación o en ausencia de este, de algún miembro de la presidencia del Consejo, que en esa única ocasión tendrá doble voto.
  • Todas las votaciones serán registradas en el acta de reunión y deberán ser comunicadas a la brevedad posible a todos los afiliados mediante correo electrónico y queda a criterio del Consejo de Administración el anunciar también las decisiones en los grupos y redes sociales de la Asociación.
  • En las situaciones donde sea necesaria una respuesta o toma de acción rápida, se podrá convocar una reunión ya sea en la plataforma zoom o por medio del grupo de Whatsapp del Consejo de Administración y bastará un quórum de 4 integrantes de la Mesa para tomar decisiones o acciones, sin embargo estas decisiones deberán ser confirmadas en la reunión formal semanal de la mesa.
  • Para garantizar la transparencia en la toma de decisiones, en cada reunión formal del Consejo de Administración se podrá invitar a uno o más afiliados de la asociación quienes fungirán como observadores y podrán opinar sobre cualquiera de los temas de la reunión, pero no tendrán voto.

 

Requisitos para formar parte del Consejo de Administración

Cualquier afiliado a la Asociación puede solicitar el prestar servicio como integrante del Consejo de Administración, siempre que cumpla con los siguientes requisitos:

  • Estar familiarizado y de acuerdo con los propósitos y procedimientos de la Asociación
  • Disponer de tiempo para prestar servicio en las funciones administrativas de la Asociación
  • Haber participado activamente en los foros de discusión con aportaciones positivas en los mismos
  • Estar dispuesto a asumir una actitud de servicio hacia los afiliados a la Asociación
  • Ser consciente de que el servicio en el Consejo de Administración es una labor voluntaria y que por ningún concepto se recibirá pago, salario o retribución económica por los servicios prestados, salvo en los               casos de desembolsos autorizados para cubrir gastos administrativos.
  • Enviar una solicitud escrita comentando su deseo de prestar servicio y las cualidades, habilidades o experiencia que considera poseer y que serían útiles en la administración de la Asociación.

 

Responsabilidades de los Integrantes del Consejo de Administración

Como integrantes del órgano directivo de la Asociación, lo afiliados que prestan servicio en el Consejo de Administración  deben sujetarse a un modelo de conducta ejemplar para el resto de los afiliados:

    • Deberán informar regularmente de los avances en sus respectivas áreas de coordinación
    • Deben mantener siempre una actitud cordial y de servicio hacia los afiliados
    • Si hubiera algún conflicto o confrontación entre los afiliados en cualquiera de los foros de la Asociación deberán intervenir para moderar la discusión y en caso necesario amonestar a los afiliados, siempre con un lenguaje respetuoso.
    • En los casos en que no pudieran estar presentes en alguna de las reuniones del Consejo de Administración deberán avisar con tiempo las causas de su ausencia o en caso de emergencia comunicar posteriormente a la reunión el motivo de su ausencia.
    • Ningún miembro del Consejo de Administración deberá usar los medios ni la infraestructura de la Asociación para beneficio personal ni para obtener ventaja sobre el resto de los afiliados en los proyectos y oportunidades de negocios que la Asociación genere, ni usar las redes sociales de la Asociación para promocionar su propia empresa o negocio en detrimento de las empresas o negocios de los demás afiliados
    • Si existe una falta por parte de algún integrante del Consejo de Administración de la Asociación, que ponga en riesgo la honorabilidad, integridad o reputación de la misma , se formará una comisión de Honor y Responsabilidad, integrada por un miembro de la presidencia del Consejo, dos Integrantes del Consejo de Administración y 2 afiliados, esta comisión reunirá las pruebas o argumentos en contra y a favor del integrante determinar si un miembro del Consejo de Administración debe ser removido de su cargo o se mantiene con una amonestación.
    • Un miembro del Consejo de Administración que acumule más de 2 amonestaciones de una comisión de Honor y Responsabilidad en un periodo de seis meses, automáticamente será removido del Consejo de Administración, pero podrá seguir siendo parte de la Asociación como afiliado de pleno derecho.
    • Si un miembro del Consejo de Administración de la Asociación es removido o abandona su cargo de forma voluntaria, el Consejo de Administración iniciará un proceso de selección de un nuevo integrante por convocatoria entre los actuales afiliados a la Asociación, éste proceso deberá cumplirse en un plazo no mayor a 10 días a partir de la fecha en que se produzca la baja del asociado.
    • La asociación tiene la responsabilidad Legal de resguardar los datos personales y/o privados de los afiliados, por lo que si cualquier miembro del Consejo de Administración hiciera mal uso de esos datos, o divulgara cualquier dato sin autorización por escrito del o los afiliados afectados, automáticamente será expulsado tanto del Consejo de Administración como de la Asociación, y esta procederá a denunciar el  hecho ante las autoridades para fincar responsabilidad penal contra el miembro infractor.